A estas alturas, a nadie le cabe la menor duda de que la COVID-19 nos ha cambiado la vida. No tenemos muy claro hasta cuándo durarán esos cambios, pero es probable que muchas cosas hayan llegado para quedarse. Por ejemplo, los ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo).
Bajo los efectos de esta pandemia mundial, muchísimas empresas han tenido que cerrar. En su mayoría, están más afectadas las empresas de los sectores del comercio y de la hostelería, que son precisamente las que más uso han hecho de los ERTE.
Es muy probable que la mayoría de los ciudadanos, trabajadores o no, hayan oído hablar en alguna ocasión de los ERE (Expediente de Regulación de Empleo). Pero los ERTE son prácticamente una novedad, de la que muy poco se sabía hasta que empezó la pandemia.
Ambas herramientas tienen objetivos muy similares, pero lo que se diferencia son sus consecuencias. Así, con un ERTE y con un ERE lo que se pretende es dar una respuesta a las posibles dificultades económicas que atraviesa una empresa.
Son, en los dos casos, regulaciones colectivas de empleo que afectan a buena parte de la plantilla de la organización. Pero son dos figuras muy distintas entre sí.
ERTE y ERE: definición y diferencia
Un ERE es una fórmula de despido en firme, que se utiliza cuando la empresa cierra de manera definitiva o cuando necesita reducir su estructura de forma considerable.
En estos casos, los trabajadores son despedidos y tienen acceso al 100% de la prestación por desempleo.
En cambio, un ERTE tiene carácter temporal, no definitivo como ocurre con el ERE. Por lo tanto, no hablamos propiamente de un despido, sino más bien de una medida temporal, que puede afectar a una parte o a todos los trabajadores.
Un ERTE, además, se puede materializar en una reducción de la jornada laboral o en una suspensión temporal del contrato.
No existe una duración mínima ni máxima para los ERTE. Normalmente, se ajustan a las causas alegadas y justificadas por parte de la empresa. Asimismo, los trabajadores en ERTE no cobran el paro.
ERTE y crisis del coronavirus
Hasta aquí hemos visto la teoría, pero, en la práctica, los ERTE han funcionado de manera muy distinta. Hay que tener en cuenta que las que hemos vivido son circunstancias completamente excepcionales, y por eso el Gobierno ha aprobado una serie de medidas que se han asociado, durante este tiempo, a los ERTE.
Estas medidas son:
- Obligación de mantener los puestos de trabajo: las empresas que se hayan acogido a los ERTE tienen la obligación de mantener los puestos de trabajo durante, al menos, 6 meses después de recuperar la actividad normal.
- Exención del pago a la Seguridad Social: las empresas no tienen que pagar, durante esta crisis, la cuota a la Seguridad Social de los empleados que ha llevado al ERTE. Salvo en los casos de empresas con más de 50 trabajadores, que tendrán que pagar el 25%.
- Los trabajadores reciben una prestación: para proteger a los empleados y a sus familias, los empleados reciben mientras están en ERTE una prestación, que abonará el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal). Además, cabe señalar que durante el tiempo que estén en esta situación no se aumentará su cotización en su vida laboral, ni tampoco su tiempo de paro.
En definitiva, son importantes las diferencias entre ERE y ERTE. Pero estas diferencias son aún mayores en la situación en la que nos encontramos.