Una enfermedad profesional (EP) es la que padece un trabajador y está relacionada con la actividad laboral que realiza.
No obstante, no cualquier enfermedad que se padezca en el trabajo tendrá la consideración de contingencia profesional. Para ello, se establecen una serie de requisitos que veremos a continuación.
La valoración de una enfermedad de un trabajador como enfermedad común o profesional influirá en el reconocimiento y en las características de una posible incapacidad laboral, así como ciertas ventajas económicas y sociales.
Requisitos para considerar que una enfermedad es profesional
Una enfermedad será profesional cuando se ajuste a los siguientes criterios:
Grupo
Grupos generales de agentes que causan enfermedades profesionales:
- Agentes químicos
- Agentes físicos
- Agentes biológicos
- Otros agentes inhalados o que afecten a la piel
- Agentes carcinógenos
Agente
Este criterio establece las sustancias que originan la enfermedad profesional dentro de cada grupo de agentes anterior:
- Químicos: clasificaciones tan amplias como metales, halógenos, sulfuros…
- Físicos: hipoacusia, vibraciones, movimientos repetitivos…
- Biológicos: encuadra diferentes tipos de enfermedades.
- Otras sustancias inhaladas: la silicosis, el carbón, y otros metales y minerales. Para las sustancias que afectan a la piel se establecen las de bajo peso molecular, las fotosensibles y otros agentes infecciosos.
- Carcinógenos: el amianto, las aminas aromáticas, el arsénico, el benceno, el berilio, el cadmio, entre otras.
Subagente
No todos los agentes se dividen en subagentes, pero a modo de ejemplo en las enfermedades profesionales causadas por halógenos se encuentran las que tienen su origen en el bromo, el cloro, el flúor, el yodo o sus compuestos.
Actividad
Las actividades que causan una enfermedad profesional debido a la incidencia nociva de un subagente, se relacionan con la composición o la utilización del subagente que corresponda (por ejemplo, la silicosis se relaciona con trabajos subterráneos, entre otros).
Así, gracias a estos criterios el RD 1299/2006 elabora un cuadro que engloba las enfermedades consideradas como profesionales en función de su incidencia y frecuencia en el ámbito laboral.