El objetivo de impugnar un despido es que se anule la decisión que ha tomado la empresa de extinguir el contrato de trabajo.
En este sentido, la demanda presentada contra el despido puede tener tres consecuencias:
- Se declara procedente el despido en la sentencia y, por lo tanto, es válido, dando la razón a la empresa.
- El despido se declara improcedente y el trabajador tiene derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo o bien a cobrar una mayor indemnización.
- El despido se declara nulo, con la readmisión inmediata y el cobro de los salarios de tramitación.
Al existir varios tipos de despido, el procedimiento de impugnación se deberá ajustar a cada caso concreto.
Modalidades de despido según las causas alegadas
Los despidos se clasifican según los argumentos que presenten las empresas para llevarlos a cabo. Así, tenemos:
- El despido disciplinario: la empresa usa su facultad sancionadora por una mala conducta del trabajador, que se considera muy grave y culpable. Este tipo de despidos no requieren preaviso ni dan derecho a indemnización. El requisito exigido a la empresa es que justifique su decisión en la carta de despido, teniendo en cuenta que posteriormente no se podrán alegar otras razones.
- El despido objetivo: la empresa lo justifica por razones ajenas a su voluntad. Así, pueden alegarse razones económicas, productivas, técnicas, organizativas o de fuerza mayor. También puede sostenerse en la ineptitud del trabajador o en su falta de adaptación a los cambios. En este caso, la indemnización es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
- El despido colectivo: la empresa utiliza un despido por causas objetivas para aplicarlo a una parte importante de la plantilla.
Ahora veremos el procedimiento general de impugnación del despido y las particularidades que presenta cada modalidad concreta.
El procedimiento general para la impugnación de un despido
Para garantizar que se respetan los derechos del trabajador, todos los tipos de despido deben cumplir ciertos requisitos y formalidades. En caso contrario, el trabajador obtiene el derecho de impugnación.
Para esta impugnación, lo primero que se ha de hacer es ir al Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación (SMAC), para presentar la llamada papeleta de conciliación. Es la manera prevista de alcanzar un acuerdo amistoso entre la empresa y el trabajador.
Si ese acuerdo no se produce, acudiremos al juzgado de lo social y presentaremos una demanda laboral contra el despido. En este punto es obligatorio contar sí o sí con un abogado.
Si el trabajador cree que el despido es nulo, no necesita acudir al SMAC. Puede presentar la demanda directamente al juzgado.
Ahora bien, hay que tener en cuenta que la forma de afrontar una impugnación del despido hay que adaptarla a las causas alegadas.
Impugnar despido disciplinario
Este tipo de despido es el más sencillo de impugnar, al tener unas causas muy difíciles de acreditar. De hecho, es frecuente que la empresa no cumpla todos los requisitos formales que exige la ley, como que la carta de despido explique los motivos detalladamente.
Por lo tanto, las vías de impugnación se centran en si se ha demostrado o no el incumplimiento grave y reiterado del trabajador, su culpabilidad y la importancia de ese incumplimiento.
Impugnar despido objetivo
Este tipo de despidos por causas objetivas son los más complicados de impugnar, al tener causas ajenas al empresario que se pueden demostrar más fácilmente.
Las vías de impugnación pueden pasar por:
- Los elementos formales: relacionados con el procedimiento administrativo del despido, como por ejemplo no justificar adecuadamente la causa en la carta de despido.
- Los elementos materiales: es decir, que las causas alegadas no estén bien justificadas.
Impugnación del despido colectivo
Este tipo de despido presenta dos opciones diferentes de impugnación y es más frecuente obtener su nulidad que en los otros tipos de despido.
La primera opción es la impugnación colectiva de todos los afectados, alegando la protección de los derechos fundamentales y las libertades públicas. Esto garantiza el respeto a los principios del procedimiento de despido colectivo.
La segunda opción, para el caso de que la primera no prospere, consiste en una impugnación individual, que se enfoca de la misma forma que el despido objetivo.
Dada la tecnicidad y, también, complejidad de estos procesos, resulta muy recomendable contar desde el principio con la asistencia de un abogado especialista en Derecho Laboral.