La injuria es un delito contra el honor que se encuentra regulado en el Código Penal español a partir del artículo 208, y que consiste en la imputación de hechos o manifestación de opiniones que lesionen la fama o dignidad de una persona, cuando se haga de forma objetiva y gravemente ofensiva.
¿Qué es el delito de injuria?
El artículo 208 del Código Penal indica que:
Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
Asimismo, en el concepto de injuria se indica que para que una ofensa sea constitutiva de delito debe tener la consideración de grave.
Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 173.
Por otro lado, la RAE define injuria como:
Delito o falta consistente en la imputación a alguien de un hecho o cualidad en menoscabo de su fama o estimación.
Por lo tanto, la injuria puede consistir en formular juicios de valor sobre una persona, atribuir a alguien hechos falsos, o deshonrar a una persona públicamente.
Diferencia entre injuria y calumnia
Las injurias y las calumnias están calificadas como delitos contra el honor en el Código Penal y, aunque tienen aspectos comunes, la realidad es que se trata de figuras con importantes diferencias.
Ambos delitos pueden ser perseguidos judicialmente únicamente si la persona afectada presenta una querella criminal contra la otra parte, ya que se trata de delitos privados.
Asimismo, tanto la injuria como la calumnia si se han realizado mediante publicidad se considerarán como delitos graves y poseen una mayor pena.
En cuanto a las diferencias entre injuria y calumnia, fundamentalmente se pueden resumir en dos:
- En la calumnia se requiere que los hechos que se imputen tengan la condición de delitos, en caso contrario nos encontraríamos ante una injuria. Por ejemplo, si se imputa a alguien el haber faltado al trabajo sin ser cierto, esto sería una injuria ya que las faltas al trabajo no se considera que sean un delito.
- Otra diferencia fundamental es que las calumnias son más graves y poseen una mayor pena que las injurias. Mientras que el delito de calumnia se castiga con penas de prisión de 6 meses a 2 años o bien multas de 6 a 24 meses, el delito de injuria se castiga con una pena de multa que puede oscilar entre los 3 y los 14 meses.