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Las características de la Ley Beckham

Ley beckham

La Ley Beckham es como popularmente se conoce al régimen especial de trabajadores desplazados en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Se trata de un régimen opcional que puede ser muy beneficioso para los contribuyentes que se acogen a él, dada su tributación. Se aplica a aquellos que trasladen a España su residencia habitual por trabajar en dicho territorio, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos.

¿Qué requisitos hay que cumplir para acogerse a la Ley Beckham?

Las condiciones que deben reunirse para la aplicación de la Ley Beckham son:

  • A causa de estar trabajando en territorio español, se debe ser contribuyente de IRPF.
  • No se puede haber sido residente en España durante los 10 años anteriores, por lo que realmente esta ley no tiene que ver con la nacionalidad en sí, sino con la residencia. Un español que no hubiera residido en España durante los 10 años anteriores y volviera para trabajar, también podría acogerse a ella.
  • No se pueden obtener rentas que se satisfagan a través de un establecimiento permanente en España.
  • La residencia en territorio Español se tiene que producir por haber obtenido un contrato de trabajo, con la única excepción de la relación laboral especial de los deportistas profesionales, o bien, por ser administrador de una entidad, siempre y cuando no se tenga participación en el capital.

Ventajas y desventajas de la Ley Beckham

Ventajas

Una de las características principales de la Ley Beckham es que no tributan en territorio español las rentas de ningún tipo que procedan de fuera de dicho territorio. Por tanto, mientras se continúe acreditando la residencia, solo será necesario tributar por lo que se obtenga del trabajo en España y no por la renta total que se perciba.

Se trata de un rasgo propio de la ley debido a que un contribuyente que no se pueda acoger a ella, tiene que tributar por las que provengan de cualquier lugar.

Es decir, imaginemos una persona que obtiene como rendimiento del trabajo en España 85.000 euros y, además, vende un inmueble en el extranjero por el cual obtiene una ganancia patrimonial de 50.000 euros.

Con la aplicación de la Ley Beckham tributaría por 85.000 euros de los rendimientos del trabajo, mientras que si no se acoge a ella, tributaría por el total, ascendiendo a una cantidad de 135.000 euros.

Al ser residentes, también estarán sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Por tanto, si reciben una herencia o una donación, independientemente de dónde se encuentren dichos bienes, deberán tributar por ellos en la Comunidad Autónoma en la que tengan su vivienda habitual.

Igualmente, quien tenga su residencia en España, deberá tributar por el Impuesto sobre el Patrimonio. Sin embargo, para tener que tributar en España por dicho impuesto, el contribuyente deberá tener un patrimonio que supere el millón de euros en dicho territorio.

Una última ventaja a destacar de la ley, es que tan solo hay dos tramos aplicables. Hasta 600.000 euros, se tributa a un tipo aplicable del 24%. Todo lo que supere esa renta, tributa al 47%.

Principales inconvenientes

Por su parte, una desventaja de la ley es que los trabajadores que estén acogidos a la ley Beckham, no tienen derecho a la exención de la indemnización por despido en el IRPF. Además, tampoco se podrán aplicar los mínimos por descendientes o ascendientes.

Otra desventaja es que no se pueden aplicar deducciones recogidas en la ley del IRPF, como los gastos de defensa jurídica, las cuotas satisfechas a sindicatos o las cotizaciones a la Seguridad Social. También, al ser residente, no se podrá beneficiar de los convenios de doble imposición.

Por último, resulta necesario señalar que la Ley Beckham solo se puede aplicar durante seis años, el año en el que se obtiene la residencia y los cinco períodos impositivos siguientes. Sin embargo, si la Agencia Tributaria rechazara la solicitud porque no se reúnen los requisitos, no se podría volver a presentar.

Documentos que hay que presentar para la aplicación de la ley

Para solicitar la aplicación de la Ley Beckham a la Agencia Tributaria, se debe reunir la documentación que se solicite. Esta es, para el supuesto de los desplazamientos a causa de un contrato de trabajo:

  • Identificación del empleador: NIF, nombre, apellidos, denominación o razón social.
  • Documento justificativo del empleador en el que se reconozca la relación laboral: se debe indicar la fecha de inicio de la actividad laboral, la dirección, el centro de trabajo y la duración del contrato.

Por otro lado, si se trata de un desplazamiento debido a que se adquiere la condición de administrador de una sociedad en la que no se participa en el capital, es necesario adjuntar:

  • Identificación de la entidad: NIF y denominación social.
  • Documentación que motiva el desplazamiento al territorio español: se trata de un documento justificativo de la entidad en el que se incluye la fecha en la que se comienza a ser administración y la manifestación de que no se tiene participación en el capital.