Para cualquier propietario es sumamente tedioso tener que encontrarse con inquilinos que no pagan el alquiler y que se resisten a abandonar el inmueble. Si tras intentarlo de forma amistosa no existe solución alguna, lo mejor es acudir a la vía legal y poner fin al problema.
Sin embargo, una vez presentada la demanda de desahucio por impago de alquiler existe el miedo en muchos propietarios de que su instrucción se pare. Pero… ¿puede pausarse su demanda en algún tramo del proceso? Lo analizamos.
Un desahucio de inquilinos consta de dos partes
Las dos partes de un desahucio de inquilinos son la fase declarativa y la fase ejecutiva.
Parar el desahucio en la fase declarativa
Cuando el propietario presenta la demanda de desahucio de la mano de su abogado y procurador se inicia la fase declarativa. Esta se prolongará hasta que el juez emita un fallo que puede producirse a través de sentencia judicial o a través de un decreto de archivo.
Una vez el inquilino recibe la notificación de la demanda, se le presentan dos posibles escenarios:
- La primera posibilidad es la de aceptar lo establecido en la demanda y no oponerse. De esta manera, el Juzgado al no existir oposición por parte del acusado, emitirá un decreto de archivo dando paso al lanzamiento o desahucio. Es decir, a la fase ejecutiva.
- La segunda opción es que el inquilino se oponga a la demanda y se termine celebrando un litigio entre ambas partes. El juez tendrá que decidir quién tiene razón, siendo lo más habitual que se decante por el demandante o propietario. De ser así, emitiría una sentencia judicial donde ordene el desahucio y se pase a la fase ejecutiva.
En lo que a parar la demanda de desahucio respecta, prácticamente la única opción que tiene el inquilino de pausar esta causa es logrando ganar el juicio y por ende interrumpiendo de golpe el desahucio. Un hecho que se antoja sumamente complicado teniendo en cuenta sus impagos acreditados.
No obstante, el inquilino sí puede utilizar algunas triquiñuelas que le permitan demorar el abandono del inmueble. Es el caso si, por ejemplo, el inquilino ha denunciado al propietario por la vía penal por algún motivo o si ha solicitado justicia gratuita.
En el primer caso, se interrumpiría momentáneamente el proceso de desahucio hasta que se solucione la causa penal, mientras que en el segundo habrá que esperar un periodo próximo a un mes para obtener una respuesta.
Parar un desahucio por impago de alquiler en la fase ejecutiva
En el momento en el que se emite una sentencia judicial o un decreto de archivo se da inicio a la fase ejecutiva, que tiene como plato fuerte el lanzamiento o desahucio.
Un hecho a través del cual el juzgado devuelve la posesión del inmueble a su titular y desaloja al inquilino moroso. Generalmente, en este documento se fija un día para realizar el desalojo.
Atendiendo a la duda inicial, el desahucio se podrá parar en este punto en tres escenarios:
- El inquilino y el propietario llegan a un acuerdo y se pone fin al proceso de ejecución sin completar el lanzamiento.
- El propietario desea que se pare el desahucio. Algo que también terminaría con el proceso de ejecución y no se completaría el desahucio.
- El inquilino ejerce algunos de sus derechos para retrasar la llegada del desahucio. Cabe aclarar que no podrá impedirlo de forma definitiva. Entre esos derechos relativos al inquilino se encuentran:
- La solicitud de una prórroga ya que la vivienda alquilada es su residencia habitual.
- Existencia de menores de edad en el inmueble. Esta peculiaridad puede anunciarse previamente o no, y que los encargados del desalojo se vean sorprendidos el mismo día del desahucio viéndose obligados a posponerlo.
- Informar de un estado de vulnerabilidad social a los servicios sociales.
Generalmente, el tiempo de suspensión del desahucio es de un mes, sin embargo el atasco judicial que vive la justicia española desde hace tiempo provoca que en ocasiones este tiempo sea superior.
Puesto que hay que fijar un nuevo día en el calendario y la agenda suele estar muy apretada, es habitual que si el inquilino ejerce alguno de estos derechos gane dos o tres meses más hasta su definitivo desalojo.
Aún así, lo que es indudable es que tarde o temprano el desahucio terminará efectuándose y el propietario recuperará su inmueble. Por ello lo mejor es tomar medidas cuanto antes y no dejar el tiempo correr.