La plusvalía es el «incremento del valor de un bien por causas extrínsecas a él», según la RAE. El impuesto que grava ese aumento de valor de un bien también se conoce como plusvalía.
¿Qué es la plusvalía municipal?
La plusvalía es un tributo municipal que grava la transmisión de bienes (ya sea la transmisión de su propiedad o bien la del derecho real sobre ese bien como ocurre en un usufructo), generalmente cuando se vende o se dona un bien inmueble.
La plusvalía, en este sentido, también se denomina impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) o plusvalía municipal.
¿Quién paga la plusvalía municipal?
En primer lugar, en la venta de un bien inmueble, será la parte vendedora quien debe hacerse cargo del pago del impuesto.
Esto es debido principalmente al aumento de valor que ha experimentado el bien por la diferencia de precio de compra con el de venta y que ha supuesto una ganancia para el vendedor.
Sin embargo, en el caso de una donación o una herencia, es la persona que recibe el bien quien debe pagar el impuesto de plusvalía ante el Ayuntamiento en el que se encuentre el bien inmueble.
¿Cuándo se paga este impuesto?
La plusvalía se paga dentro de los 30 primeros días laborables desde la transmisión del bien.
Para el caso de herencias, el plazo para pagar el impuesto de plusvalía se prolonga hasta los 6 meses desde el día del fallecimiento, con la posibilidad de una prórroga de hasta 1 año.
¿Cómo se calcula la plusvalía municipal?
Por último, para el cálculo de este impuesto se tienen en cuenta alguna cuestiones como la fecha de transmisión, la porción que se transmite, el valor catastral o el año catastral.