Delitos, Penal

Prescripción de un delito: plazos y regulación

Prescripción de un delito

La prescripción de un delito consiste en el desvanecimiento de la responsabilidad penal de quien hubiera cometido un hecho punible, debido al paso del tiempo entre que se actuó ilícitamente y la denuncia.

¿Dónde se regula la prescripción de un delito?

Los plazos generales de prescripción de un delito se encuentran en el primer apartado del artículo 131 del Código Penal, Capítulo I (de las causas que extinguen la responsabilidad criminal), del Título VII (de la extinción de la responsabilidad criminal y sus efectos).

¿Cuáles son los fundamentos de la prescripción de un delito?

La necesidad de contemplar en la ley ciertos plazos de prescripción de delitos se justifica en función de los siguientes principios y valores constitucionales:

  • Derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, tal y como se contempla en el Derecho Procesal.
  • Respeto hacia el principio de seguridad jurídica, reflejado en el artículo 9.3 de la Constitución Española:

3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Artículo 9.3 de la Constitución

¿Cuáles son los plazos de la prescripción de un delito?

La ciencia penal establece una serie de plazos diferentes de prescripción para cada delito, atendiendo a cuál es la gravedad del mismo y a su pena máxima prevista.

No obstante, como se decíamos anteriormente, en el precepto número 131.1 del Código Penal se dicen cuáles son los plazos generales de prescripción para los delitos.

1. Los delitos prescriben:

A los veinte años, cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de quince o más años.

A los quince, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de diez años, o prisión por más de diez y menos de quince años.

A los diez, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez.

A los cinco, los demás delitos, excepto los delitos leves y los delitos de injurias y calumnias, que prescriben al año.

Artículo 131.1 del Código Penal

¿Cómo se computa el plazo de prescripción de un delito?

Es importante tener en cuenta que el cómputo de dicho plazo de prescripción comenzará a partir desde el momento en que se llevó a cabo la acción antijurídica.

Si se tratara de un hecho punible continuado, la fecha de referencia será aquella en la que se cometiera el último acto gravoso producido.

¿Existen delitos que no prescriban?

A tenor del tercer apartado del artículo 131 del Código Penal se puede afirmar que existe una serie de hechos punibles que nunca prescribirán. Entre ellos se encuentran, por ejemplo, los delitos de lesa humanidad:

3. Los delitos de lesa humanidad y de genocidio y los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, salvo los castigados en el artículo 614, no prescribirán en ningún caso.

Tampoco prescribirán los delitos de terrorismo, si hubieren causado la muerte de una persona.

Artículo 131.3 del Código Penal

¿Qué ocurre cuando un delito suponga una pena compuesta o cuando hubiera concurso de infracciones?

La solución a la situación en que un delito fuera castigado con pena compuesta está en el segundo apartado del precepto número 131 del Código Penal:

2. Cuando la pena señalada por la ley fuere compuesta, se estará, para la aplicación de las reglas comprendidas en este artículo, a la que exija mayor tiempo para la prescripción.

Artículo 131.2 del Código Penal

Si se diera el caso de que hubiera un concurso de infracciones, se aplicará el artículo 131.4 del Código Penal:

4. En los supuestos de concurso de infracciones o de infracciones conexas, el plazo de prescripción será el que corresponda al delito más grave.

Artículo 131.4 del Código Penal