Penal

La refundición de condenas, ¿qué es?

Refundición de condenas

La refundición de condenas es el proceso legal mediante el cual se unifican varias penas de prisión impuestas a un mismo individuo por diferentes delitos. Su objetivo es evitar que una persona tenga que cumplir una condena por cada uno de los actos delictivos que ha cometido. En lugar de ello, se suman todas las penas impuestas, dando así lugar a una sola condena.

Con esta práctica, se busca asegurar que el tiempo total de encarcelamiento no sea desproporcionado y sí justo. Igualmente, que se tengan en cuenta los límites legales, establecidos en las normas.

La acumulación de condenas en la legislación española

Esta figura jurídica está tipificada en el artículo 988 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El precepto establece la consideración para las condenas de inculpados por varios hechos punibles en diferentes procesos. En caso de que esos hechos pudieran ser abordados en un solo proceso.

Para ello, el mismo artículo define que los límites de duración de la pena deben ser los previstos por el artículo 76 del Código Penal español. Según el cual, la suma de las penas no puede exceder el triple del tiempo impuesto a la más grave. Asimismo, se estipula que la condena no podrá ser superior a los 20 años, salvo las excepciones que el mismo artículo fija. Estas son:

  • 25 años: para condenados por varios delitos y que uno esté penalizado hasta con 20 años de cárcel.
  • 30 años: cuando el reo haya sido condenado por dos o más crímenes, y alguno cuente con una pena superior a los 20 años.
  • 40 años: para individuos encontrados culpables de cometer varios ilícitos, de los cuales dos penas sean mayores a los 20 años de prisión.
  • 40 años: cuando la persona esté condenada por dos o más delitos de terrorismo y que alguno disponga de una pena de más de 20 años.
  • Pena permanente revisable: en caso de que el sujeto tenga una condena por varios delitos, de los que al menos uno, esté castigado con esta pena.

Los delitos conexos y la refundición de condenas

Cada infracción supone una única causa. No obstante, el artículo 17 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal contempla el concepto de “delitos conexos”. Con este, se designan los delitos que son investigados y juzgados bajo la misma causa.

En aras de los principios de equidad, los delitos conexos deben ser enjuiciados en un solo proceso. De conformidad con el artículo citado en el párrafo anterior, los delitos conexos comprenden:

  1. Las infracciones llevadas a cabo por dos o más individuos agrupados.
  2. Los delitos ejecutados por dos o más personas, en momentos o sitios diferentes, en caso de comprobarse concierto mutuo para delinquir.
  3. Los ilícitos realizados como recurso para cometer otros o facilitarlos.
  4. Los crímenes perpetrados, buscando impunidad en otros delitos.
  5. Las faltas efectuadas en pro de beneficios propios o la preparación que precede a otros actos delictivos.
  6. Las actuaciones cometidas por varias personas que se causen daño mutuamente.
  7. Los delitos cometidos por el mismo individuo que, sin ser conexos, estén vinculados, y cuyo proceso en conjunto sea propicio para su dilucidación.

Consideraciones a evaluar para la refundición de condenas

Los criterios para calcular una acumulación de condenas, están relacionados con la gravedad de los delitos y con los tiempos en los cuales se cometen.

De esta forma, para estimar la duración total, se deben considerar las penas impuestas en función de su gravedad. En primer lugar, se sumarán las penas de prisión por delitos graves. Posteriormente, por delitos menos graves; y finalmente, por delitos leves.

En cuanto a los tiempos, el momento concluyente para establecer si aplica la refundición de condenas, es el de la sentencia o ejecutoria más antigua. De esta forma, los delitos susceptibles de ser acumulados serán aquellos que dan origen a la sentencia inicial. Al igual que los cometidos hasta el momento en el que esta se dicte.

De cualquier modo, el fin de este procedimiento será siempre conseguir la unión de las penas más favorables para el acusado.

Proceso para gestionar la refundición de condenas

El trámite para llevar a cabo este proceso, consta de las siguientes etapas y características:

  1. Lo primero será solicitar la refundición. Esta petición la pueden realizar el sentenciado, el tribunal o juez que haya emitido el último fallo o el Ministerio Fiscal.
  2. El encargado de establecer la acumulación es el tribunal o juez que haya dictaminado la última sentencia relacionada con esos delitos.
  3. El Letrado de la Administración de Justicia es el responsable de solicitar la hoja del histórico-penal del Registro Central de Penados y Rebeldes. Como también, los testimonios de los fallos condenatorios.
  4. Una vez recopilada y revisada esta información, el tribunal o juez emite el auto. En este se hace una relación con todas las penas fijadas al implicado. También se precisa la duración máxima para cumplir dichas penas en una única condena. En su contenido se debe puntualizar:
    • Fechas exactas de las sentencias y hechos.
    • Delitos imputados.
    • Penas establecidas, cuyas condenas se solicita reunificar y calcular.
    • Si lo dispuesto en el auto es contrario a la ley, se podrá interponer un recurso de casación. Los únicos facultados para hacerlo son el mismo reo y el Ministerio Fiscal.

Conclusiones finales

Cabe destacar que la refundición de condenas no se aplica en todos los casos. Siempre dependerá de las circunstancias de cada situación en particular. En algunos supuestos podrá resultar más beneficioso para el condenado que las penas se cumplan de forma independiente.

Como estamos viendo, la dinámica de la acumulación de condenas está totalmente dirigida a favorecer al reo. Lo que no implica la anulación o eliminación de ninguna condena. Simplemente, busca ajustar la duración total de las penas a los límites legales establecidos, para evitar la imposición de penas excesivas.

Dado lo anterior, resulta indispensable contar con un abogado especialista en derecho penal que pueda asesorar al condenado. Las opciones disponibles para cada caso deberán ser analizadas bajo lo dispuesto la legislación vigente. Lo mismo ocurre con la Jurisprudencia emitida por la Sala Penal del Tribunal Supremo.

La compresión de las leyes que componen esta figura legal y de los criterios subyacentes, son la base de su correcto ejercicio.