La incapacidad laboral se da cuando un trabajador se encuentra imposibilitado para desarrollar las tareas propias de su puesto de trabajo. Es una situación que surge en un momento dado de la relación laboral, a causa de una enfermedad común o laboral o de un accidente laboral o no.
¿Quieres saber en qué consiste una incapacidad laboral? A través de este post te vamos a explicar los grados de incapacidad laboral que existen y cómo se solicita la pensión por incapacidad.
¿Qué tipos de incapacidad laboral hay?
A la hora de valorar hasta qué punto afecta la incapacidad laboral al trabajador, se atiende a tres cuestiones, fundamentalmente:
- La gravedad del accidente o de la enfermedad.
- Las posibilidades de evolución favorable que existen.
- La manera en que el accidente o la enfermedad afecta al desarrollo del trabajo.
Sobre la base de estos tres factores, se determina qué tipo y grado de incapacidad laboral le corresponden al trabajador en cuestión:
La incapacidad laboral temporal (IT)
Es lo que se conoce más popularmente como baja médica. Sucede cuando el trabajador sufre un accidente o padece una enfermedad que requiere de un tratamiento para que este pueda volver a desarrollar su trabajo con normalidad.
Además, comprende también los períodos de observación por enfermedad profesional.
Como máximo, la incapacidad laboral temporal o baja médica puede durar 12 meses. Aunque, si la dolencia del trabajador lo requiere, este periodo puede alargarse 6 meses más, momento en el que el Instituto Nacional de la Seguridad Social valorará la posibilidad de que la incapacidad se convierta en permanente, o bien que se presuma el alta médica.
En el caso concreto de períodos de observación de enfermedad profesional la duración máxima es de 6 meses (prorrogables por otros 6 más).
Durante ese tiempo, el contrato laboral queda suspendido y el trabajador posee el derecho a una asistencia sanitaria y al subsidio económico correspondiente (puede alcanzar el 60% o el 75% de la base reguladora en caso de contingencias profesionales).
La incapacidad laboral permanente (IP)
Lo más frecuente es que la incapacidad laboral permanente surja cuando, tras un periodo de incapacidad laboral temporal, el trabajador no evoluciona ni mejora su situación. Si esto ocurre, cuando transcurre el periodo máximo de la incapacidad laboral temporal se deriva al paciente a la incapacidad permanente.
Hay que tener en cuenta que la limitación funcional que supone una incapacidad permanente ha de ser considerablemente grave. Tanto, que limite o anule por completo su capacidad de trabajar.
Dependiendo de hasta qué punto esto suceda, estaremos hablando de un determinado grado de incapacidad laboral permanente. Distinguimos, concretamente, entre la incapacidad permanente parcial, la total, la absoluta o la gran invalidez.
Hay que tener en cuenta que cada una de ellas puede ser revisable y puede cambiar el grado de incapacidad dependiendo de lo que se valore tras esa revisión.
1. Incapacidad Permanente Parcial (IPP)
Para llegar a demostrar una incapacidad permanente parcial se ha de acreditar un mínimo de un 33 % de discapacidad. Además, esa discapacidad debe afectar de alguna manera al trabajador al desarrollar su profesión habitual, aunque no tiene por qué impedírselo.
En cuanto a la prestación económica, en este caso se entrega mediante un único pago, correspondiente a 24 mensualidades de la base reguladora. Por supuesto, si continúa trabajando podrá compatibilizar esta pensión con su salario habitual.
2. Incapacidad Permanente Total (IPT)
En cambio, la incapacidad permanente total se otorga a aquellos trabajadores que no pueden seguir desarrollando su empleo habitual, aunque sí pueden trabajar en otra cosa.
La pensión por incapacidad permanente total equivale a un pago mensual del 55% de la base reguladora, y es posible compatibilizarla con el sueldo correspondiente a cualquier otra profesión diferente a la habitual.
Por otra parte, existe la incapacidad permanente total cualificada para mayores de 55 años de edad, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.
3. Incapacidad Permanente Absoluta (IPA)
Por otro lado, la incapacidad permanente absoluta inhabilita al trabajador a desarrollar cualquier oficio, ya sea el habitual u otro distinto. Quedan excluidos los trabajos que se ejerzan en los centros especiales dedicados a personas con discapacidad, como la ONCE, por ejemplo.
¿Qué indemnización recibe alguien con esta clase de incapacidad? Concretamente, cobra al mes el 100 % de su base reguladora.
Es importante matizar que esta incapacidad no impide el desempeño de ciertas actividades compatibles con el estado de la persona incapacitada (por ejemplo los invidentes que venden cupones, donde lo que ganan es compatible con la pensión de incapacidad).
4. Gran Invalidez (GI)
En estos supuestos, aparte de no poder trabajar en absoluto, se requiere de asistencia para realizar los actos más básicos del día a día.
Por esta razón, la indemnización por gran invalidez es bastante superior. Al 100 % de la base reguladora se le suman un 45 % de la cotización mínima en ese momento y un 30 % de la base reguladora del trabajador.
¿Cómo es el procedimiento para solicitar la incapacidad permanente?
El primer paso en cualquier solicitud de incapacidad laboral permanente, es la recopilación de todos los documentos que acrediten el estado actual del trabajador tras la enfermedad o el accidente. Entre ellos, el historial clínico y las pruebas médicas que se hayan realizado.
Tanto para este acopio de documentación como para los siguientes pasos a seguir, es muy recomendable contar con la ayuda de un abogado laboralista, y mucho mejor si este tiene conocimientos en materia de Seguridad Social e incapacidades laborales.
Tras la entrega, presencial o telemática, de toda la información disponible a la Seguridad Social, el Tribunal Médico o EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades) emitirá su informe. En él, determinará si procede o no la calificación solicitada.
En caso de rechazarse la solicitud, existe la opción de acudir a la vía judicial. Se entraría entonces en un proceso más largo y costoso, mucho más fácil de afrontar si el asunto es llevado por un abogado especialista en Derecho Laboral.